Comienza a regir la prohibición de incluir tasas e impuestos en boletas de servicios públicos
Las facturas y comprobantes no podrán a partir de este viernes, incluir cargos ajenos a los bienes y servicios contratados, es decir que no se podrán incluir otros cargos como tasas e impuestos.
La resolución 267/24 de la Secretaría de Comercio publicada el 10 de septiembre
otorgaba 30 días a las empresas para que se ajusten a la nueva norma que se cumplen este viernes.
La norma abarca a las empresas de servicios públicos de todo el país y a quienes comercializan bienes. De esta forma, solo podrán incluir en sus facturas única y exclusivamente la descripción y el precio correspondiente al servicio.
MIRÁ TAMBIÉN:Quilmes invita a los consumidores al Gran Premio de San Pablo para alentar a ColapintoEn caso de incumplimiento, los consumidores podrán denunciar las irregularidades a través de la casilla de correo electrónico denunciatufactura@comercio.gob.ar. Las empresas que no cumplan con la normativa podrán ser multadas.